Servicio Electrónico de Asesoría Jurídica para la Renovación de los Órganos de Representación y de Vigilancia de los Núcleos Agrarios

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APARTADO DE ASAMBLEA

1. ¿El Acta de Asamblea de elección o remoción de los Órganos de Representación y de Vigilancia de los núcleos agrarios se debe inscribir en el Registro Agrario Nacional?

Respuesta:  La inscripción del Acta de Asamblea de elección o remoción de los Órganos de Representación y de Vigilancia de los núcleos agrarios en el Registro Agrario Nacional no es obligatoria, porque no es de los asuntos comprendidos entre las fracciones VII a XIV del artículo 23 de la Ley Agraria que obliga su inscripción; pero se considera conveniente que se inscriba porque se expedirá credencial que facilita acredite su personalidad.


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