Información General
El ejido o la comunidad cuentan con tres órganos fundamentales:
1. La Asamblea, órgano supremo del núcleo agrario
en la que participan todos los ejidatarios y comuneros legalmente
reconocidos, en ella se toman acuerdos y sus resoluciones son obligatorias
para todos los integrantes del ejido o la comunidad.
2. El Comisariado Ejidal o de Bienes Comunales, es el órgano
encargado de la ejecución de los acuerdos de la asamblea, de
ejercer la representación legal del núcleo ante instancias
judiciales, administrativas o particulares, así como de la
gestión administrativa del ejido o la comunidad. Está
integrado por un Presidente, un Secretario y un Tesorero, propietarios
y sus respectivos suplentes.
3. El Consejo de Vigilancia, es el órgano encargado
de supervisar los actos del órgano de representación,
de conformidad con lo dispuesto por la Ley Agraria, el Reglamento
Interno o Estatuto Comunal y los acuerdos de asamblea. Está
integrado por un Presidente y dos Secretarios, propietarios y sus
respectivos suplentes.
4. Elección de los Órganos de Representación
y de Vigilancia, es la acción y efecto de elegir a través
del voto a personas que habrán de ocupar un cargo o representación.
La asamblea del ejido o la comunidad está facultada para elegir
a los miembros titulares y suplentes del comisariado ejidal o de bienes
comunales y del consejo de vigilancia.
5. Remoción de los Órganos de Representación
y de Vigilancia, es la facultad de la asamblea de ejidatarios o comuneros
para remover de sus cargos, por voto secreto en cualquier momento,
a los integrantes del comisariado ejidal o de bienes comunales y del
consejo de vigilancia.
6. Carta Compromiso al Ciudadano, es un documento público,
accesible, sencillo y claro, que proporciona a la ciudadanía
toda la información necesaria para realizar un trámite
o solicitar un servicio, hace énfasis en los estándares
de calidad que la dependencia se compromete a cumplir, e incluye formas
de participación ciudadana.
La Procuraduría Agraria brinda asesoría jurídica
a los núcleos agrarios para la renovación oportuna o,
en su caso, remoción de los integrantes de sus órganos
de representación y de vigilancia de conformidad con las disposiciones
de la Ley Agraria y se ha comprometido a ofrecer un mejor servicio
a través del establecimiento de una Carta Compromiso al Ciudadano,
cuya operatividad corresponde a la Dirección General de Organización
Agraria.
La vigencia de los órganos de representación y de vigilancia
es de 3 años (Art. 39 Ley Agraria), al terminar su vigencia
deben renovarse mediante la realización de una asamblea para
elegir a los nuevos miembros, de conformidad con lo dispuesto por
los artículos 24 a 27, 30 y 31 de la Ley Agraria. La renovación
de dichos órganos implica que el núcleo agrario cuente
con órganos vigentes y que las acciones realizadas por sus
miembros a nombre del ejido o la comunidad tengan plena validez y
eficacia jurídica.
Responsable del Servicio Electrónico
" Procuraduría Agraria
" Coordinación General de Programas Interinstitucionales
" Dirección General de Organización Agraria
Finalidad del Servicio Electrónico
La Procuraduría Agraria en el marco de la Carta Compromiso
al Ciudadano establecida para brindar un servicio de calidad en relación
a la Renovación de los Órganos de Representación
y de Vigilancia de los Núcleos Agrarios, ha creado un sistema
de consulta electrónica a las preguntas más frecuentes
sobre la renovación de dichos órganos, con el propósito
de permitir a cualquier persona interesada consultar las preguntas
y sus respectivas respuestas sobre la identificación, integración,
elección, remoción y facultades del comisariado ejidal
o de bienes comunales y del consejo de vigilancia, así como
sobre el acta de asamblea de elección o remoción de
los integrantes de los órganos de representación y de
vigilancia del Ejido o la Comunidad.
Asimismo, este sistema permite que en caso de que el interesado no
encuentre respuesta a su inquietud, éste puede plantear su
duda en la Dirección General de Organización Agraria,
en nuestras oficinas centrales, dirigidas al Titular, a través de los correos electrónicos
jjuan.lara@pa.gob.mx, dgoa@pa.gob.mx
La atención a su duda no excederá de los 5 días
hábiles posteriores a su presentación.
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