Definición de la Coordinación General de Delegaciones
Una instancia de enlace entre la Oficina del C. Procurador Agrario y las diversas áreas normativas con las delegaciones estatales, apoyando a estas últimas en sus trámites y gestiones ante las diversas instancias.
Objetivo de la Coordinación General de Delegaciones
Vincular las políticas, normas y programas definidos por las áreas sustantivas con la estructura territorial y vigilar su cumplimiento. Asimismo, establecer las normas y mecanismos que regulen la organización, operación y control de las delegaciones y residencias, en sus actividades, trámites y gestiones, verificando que éstas sean congruentes con la Legislación Agraria, el Reglamento Interior de la Procuraduría Agraria y demás disposiciones aplicables.
Misión de la Coordinación General de Delegaciones
La Articulación de las acciones Institucionales en las Delegaciones y Residencias, mediante la evaluación en la ejecución de los Programas Institucionales y Especiales, verificando que se apeguen a los planes, políticas, procedimientos y presupuesto establecidos.
Visión de la Coordinación General de Delegaciones
Ser una Unidad Administrativa con calidad, que actúe como un enlace oportuno entre las Delegaciones y otras Instancias, ya sean externas o internas, aportando información confiable para la toma de decisiones a nivel estratégico de manera transparente y buscando siempre la mejora continua de sus procesos.
Política de Calidad
Satisfacer de manera eficaz y eficiente las expectativas y necesidades de sus usuarios aplicando mecanismos para la mejora continua de sus procesos, dentro del marco normativo aplicable.
Funciones principales de la Coordinación General de Delegaciones
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Establecer normas y mecanismos para la organización, funcionamiento, evaluación y control de las actividades de las delegaciones.
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Supervisar que las delegaciones y residencias ejerzan sus facultades de conformidad con las normas y disposiciones aplicables.
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Aportar información para mantener actualizado el registro de denuncias, quejas, juicios y convenios donde la Procuraduría Agraria intervenga.
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Mantener actualizado el Sistema Único de Información.
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Establecer y operar un sistema de información sobre los asuntos de trascendencia y proponer alternativas de solución.
Servicios
Apoyar a las delegaciones en sus actividades, trámites y gestiones ante las diversas instancias de la Procuraduría Agraria, ante otras dependencias y entidades del gobierno federal.
Delegaciones Estatales.
Son las unidades administrativas de mayor jerarquía en las entidades federativas donde se ubican, y a través del delegado estatal tienen la responsabilidad de ejercer dentro del ámbito territorial asignado, las facultades de la Institución en apego a los lineamientos que señale el C. Procurador Agrario y con apego a las normas, programas, circulares y demás disposiciones que para tal efecto se expidan.
Integración de las Delegaciones Estatales
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Delegado
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Subdelegado (s)
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Jefes de Departamento
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Jefes de Residencia
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Abogados Agrarios
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Visitadores Agrarios
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Personal Administrativo
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Becarios Campesinos.
Delegados Estatales
Son los representantes de la Procuraduría Agraria en la entidad federativa correspondiente, tienen entre sus principales funciones el planear, dirigir, supervisar y controlar, dentro del ámbito territorial de la Delegación, las acciones encaminadas al cumplimiento de los programas y proyectos sustantivos conforme a las atribuciones que el Reglamento Interior le otorga o las que le asigne el C. Procurador Agrario.
Subdelegados
Auxilian al delegado estatal en las funciones asignadas y las que determine el delegado y serán de su competencia las siguientes atribuciones: coordinar, apoyar, orientar y supervisar el trabajo del personal operativo; asegurar, con el apoyo de los jefes de departamento, que la actuación de la delegación se realice de conformidad con la normatividad vigente.
Residencias
Son las unidades operativas básicas de la estructura territorial, cuentan para su funcionamiento con capacidad, para resolver los asuntos de la competencia de la Procuraduría Agraria que se presenten en su jurisdicción y cuya responsabilidad está a cargo de un Jefe de Residencia.
Jefes de Residencia
Son los responsables de las unidades operativas, ejercen dentro de la región que se le haya asignado, las facultades de la Procuraduría Agraria, siguiendo los lineamientos que señale el Procurador Agrario, dependen jerárquicamente del delegado estatal correspondiente y tienen las facultades establecidas en el artículo 30 del Reglamento Interior de la Procuraduría Agraria, a excepción de las previstas en las fracciones XI, XII y XIII, con apego a las normas, programas, circulares y demás disposiciones que para tal efecto se expidan.
Visitadores Agrarios
Son los representantes integrales de la Procuraduría Agraria ante los sujetos agrarios.
Abogados Agrarios
Son los asesores jurídicos de la residencia, por lo que son responsables de asegurar que en coordinación con el área jurídica de la delegación, la Residencia cumpla adecuadamente con sus atribuciones. Asimismo, tienen la misión de otorgar los servicios de asesoría y representación legal a los sujetos agrarios.
Con el propósito de planear, revisar y evaluar el trabajo operativo de las Delegaciones Estatales y Residencias se han constituido los Consejos Técnicos.
Consejos Técnicos Estatales
Son órganos internos mediante los cuales se definen, orientan y evalúan los programas de trabajo de las delegaciones y residencias. Constituyen foros permanentes para la transmisión de líneas, políticas y elaboración de estrategias.
La Coordinación General de Delegaciones tiene entre sus facultades, establecer mecanismos para su funcionamiento, control y evaluación de las actividades desarrolladas por las delegaciones estatales en el seno del Consejo Técnico Estatal.
En ese sentido la Coordinación General de Delegaciones hace del conocimiento de las áreas normativas de Oficinas Centrales, aquellos asuntos que son tratados en cada uno de los Consejos Técnicos, con el propósito de transparentar e informar de una manera clara a los usuarios internos, lo que permitirá la oportuna toma de decisiones a nivel estratégico.
En este contexto la Coordinación General de Delegaciones realiza el seguimiento y evaluación de los Consejos Técnicos Estatales, a través de las siguientes acciones:
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Análisis mensual de las actas de sesión celebradas, de acuerdo con el calendario remitido por las delegaciones. Para la evaluación periódica se consideran los aspectos siguientes: envío oportuno, apego a la normatividad establecida, calidad de la información y el cumplimiento de los compromisos y acuerdos asumidos.
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Análisis del informe de asuntos relevantes tratados en las sesiones, y notificación a las áreas normativas para su atención procedente.
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Asistencia y participación en las sesiones de los Consejos Técnicos en Delegaciones y Residencias, de acuerdo con los programas y asuntos de atención prioritaria o emergente.
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La operación de las cuentas de correo electrónico cgd_acl@pa.gob.mx y cgd_mrl@pa.gob.mx, para el envío de las actas de Consejo Técnico Estatal y del Comité Jurídico y para la recepción de comentarios, opiniones, observaciones y sugerencias en torno al desarrollo y funcionalidad de estos órganos internos.
Asimismo, la Coordinación General de Delegaciones coadyuva con la Dirección General Jurídica y de Representación Agraria en el seguimiento de la celebración de las sesiones de Comités Jurídicos, de acuerdo con la periodicidad y en cumplimiento con la normatividad emitida para tal efecto.
Tipo de Delegaciones Estatales
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Para el cumplimiento de sus funciones, y por disposición del artículo 137 de la Ley Agraria, cuenta con 32 delegaciones, una en cada entidad federativa y 116 residencias.
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Para la ejecución de los programa que competen a la Procuraduría Agraria, se autorizó la siguiente estructura territorial, la cual se encuentra vigente desde el 1° de julio de 1996:
Estructura Actual |

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Delegación Tipo "A" Coahuila, Chiapas, Chihuahua, Durango, Guanajuato, Guerrero, Hidalgo, Jalisco, México, Michoacán, Oaxaca, Puebla, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Veracruz |
Delegación Tipo "B" Aguascalientes, Baja California, Baja California Sur, Campeche, Colima, Distrito Federal, Morelos, Nayarit, Nuevo León, Querétaro, Quintana Roo, Tabasco, Tamaulipas, Tlaxcala, Yucatán, Zacatecas |
1 Con 4 Subdelegados operan las Delegaciones de Chiapas y Veracruz, Oaxaca con 5 y el resto de tipo A con dos Subdelegados |
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Propuesta de Estructura para Delegaciones |

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Delegación Tipo "A" Chiapas*, Oaxaca*, Veracruz, Guerrero, Chihuahua, Guanajuato, Jalisco*, Michoacán*, Hidalgo, San Luis Potosí, Puebla |
Delegación Tipo "B" Baja California, Coahuila, Durango, Distrito Federal, México, Morelos, Nuevo León, Nayarit, Querétaro, Quintana Roo, Sinaloa, Sonora*, Tabasco, Tamaulipas, Yucatán, Zacatecas |

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Delegación Tipo "A" Aguascalientes, Baja California Sur**, Campeche**, Colima, Tlaxcala |
* De forma adicional estas Delegaciones contarán con un Jefe de Brigada de atención a zonas con controversias.
** En estas Delegaciones, al contar con al menos una Residencia, los Visitadores y Abogados Agrarios estarán adscritos a esta unidad administrativa. |
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